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El campesinado como sujeto de derechos: a dos años del Acto Legislativo 01 de 2023

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El 19 de julio de 2023, el Congreso aprobó la reforma al artículo 64 de la Constitución y reconoció al campesinado colombiano como sujeto de especial protección constitucional. Dos años después, repasamos qué cambió, qué ganamos y qué sigue pendiente.

El 19 de julio de 2023, la plenaria del Congreso de la República aprobó el Acto Legislativo 01 de 2023, que reformó el artículo 64 de la Constitución Política y reconoció al campesinado colombiano como sujeto de especial protección constitucional. No fue un gesto simbólico: fue una victoria histórica del movimiento campesino organizado, en la que la ANZORC y decenas de organizaciones afiliadas fuimos parte activa.

Dos años después, vale la pena repasar qué cambió, qué ganamos y qué sigue pendiente.

¿Qué dice el nuevo artículo 64?

El texto reformado establece que:

"El campesinado es sujeto de derechos y de especial protección. Tiene un vínculo particular con la tierra, basado en la producción de alimentos en garantía del derecho a la soberanía y la seguridad alimentaria, y en formas propias de vida. El Estado reconoce y garantiza la igualdad material, así como su acceso a la tierra, al territorio, al crédito, a la educación, a la salud, a la vivienda, a la seguridad social, al agua y a la producción de alimentos."

Lo que ganamos

  • Reconocimiento constitucional de la identidad campesina — ya no una categoría ocupacional, sino un sujeto político y jurídico con derechos específicos.
  • Especial protección del Estado: obliga a diseñar políticas públicas, programas y presupuestos con enfoque campesino diferenciado.
  • Vínculo particular con la tierra: la Constitución consagra la soberanía alimentaria y las formas propias de vida del campesinado como bienes jurídicos a proteger.
  • Base jurídica para exigir acceso a la tierra, el territorio, el crédito, la educación, la salud, la vivienda, el agua y la producción de alimentos.
  • Un fundamento más fuerte para figuras como las Zonas de Reserva Campesina, los Territorios Campesinos Agroalimentarios y la Reforma Rural Integral.

El papel de ANZORC y del movimiento campesino

Este Acto Legislativo no cayó del cielo. Fue el resultado de más de 15 años de incidencia del movimiento campesino organizado, con hitos clave:

  • El Censo Nacional Agropecuario (2014), que visibilizó la precarización del campo.
  • La Cumbre Agraria Campesina, Étnica y Popular, que articuló al campesinado con pueblos indígenas y afrodescendientes.
  • El Acuerdo Final de Paz (2016), Punto 1 — Reforma Rural Integral.
  • La UNDROP (2018), Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Campesinado, impulsada por Vía Campesina.
  • La movilización nacional, los foros, los paros agrarios y la articulación con la academia que empujaron el debate hasta el Congreso.

La ANZORC, junto con la Coordinadora Nacional de Mujeres de las ZRC — CNMZRC, el CIMA-CNA, Fensuagro, el PUPSOC, el Baluarte Campesino y decenas de organizaciones de base, acompañó cada uno de los ocho debates legislativos que fueron necesarios para aprobar la reforma constitucional.

Lo que sigue pendiente

Un reconocimiento constitucional es un punto de partida, no un punto de llegada. A dos años, los deberes del Estado y del movimiento son claros:

  1. Ley Estatutaria del Campesinado: el desarrollo legal del Acto Legislativo está pendiente. Es la pieza que convierte el reconocimiento en instrumentos concretos de política pública.
  2. Enfoque diferencial campesino en los Planes de Desarrollo Nacional y Territoriales 2026-2030.
  3. Presupuestos específicos para el campesinado en las entidades sectoriales (Agricultura, Igualdad, Educación, Salud, Vivienda).
  4. Participación efectiva del campesinado en los espacios de decisión sobre política rural, con representación propia y autónoma.
  5. Protección efectiva de los liderazgos campesinos en el territorio — el reconocimiento constitucional no sirve si quien lo defiende sigue siendo asesinado.
  6. Acceso real a la tierra: avanzar en la constitución de nuevas ZRC, en la formalización de la propiedad y en los procesos de restitución.

Un cierre que es apertura

Que la Constitución diga lo que decimos no es poco: nombra lo que antes era invisible, legitima lo que antes era cuestionado, obliga lo que antes era opcional. El campesinado colombiano es, por fin, sujeto de derechos. Nos corresponde ahora exigir que esa palabra se vuelva política, programa y vida digna en el campo.

Nota correspondiente al Plan de Acción 2026 · Campaña Las Vidas Campesinas Importan (LVCI) · Acción L3.3: notas destacadas en la web sobre logros, incidencia y experiencias. Más sobre la figura de ZRC en anzorc.com/abc-zrc.

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