Autoprotección Comunitaria

Las comunidades campesinas protegen la vida, el territorio y los liderazgos a través de prácticas propias y rutas de protección reconocidas por el Estado.

¿Qué entendemos por autoprotección comunitaria?

La autoprotección comunitaria es el conjunto de prácticas, saberes y herramientas que las comunidades campesinas, étnicas y populares han construido para cuidar la vida, el territorio y los liderazgos frente a riesgos de violencia, desplazamiento o despojo.

Va mucho más allá de las Guardias Campesinas: incluye las redes de alertas tempranas, los protocolos propios, los mapas de riesgo diferenciados, el acompañamiento psicosocial, la articulación con autoridades y la activación de rutas estatales de protección individual y colectiva.

En las Zonas de Reserva Campesina esta figura adquiere un sentido especial: proteger a quienes defienden la tierra, el agua, la economía campesina y la paz territorial.

Tres ejes de la autoprotección

Prevención

Identificación temprana de amenazas, mapas de riesgo diferenciados, formación en derechos humanos y pedagogía del cuidado.

Protección

Guardias campesinas, redes de acompañamiento, protocolos propios y activación de rutas de protección individual y colectiva (UNP, Fiscalía, Defensoría).

Atención

Acompañamiento psicosocial, documentación de casos, articulación con la institucionalidad y rutas de reparación integral a víctimas.

Guardias Campesinas: dignidad y bastón

La Guardia Campesina es una expresión organizativa propia del movimiento campesino colombiano. Nace del espejo con las guardias indígenas y cimarronas y se consolida como una práctica de cuidado colectivo, control territorial pacífico y defensa de los derechos humanos en zonas rurales.

Su herramienta simbólica es el bastón de mando: un objeto que representa autoridad legítima, mandato comunitario y vocación de paz. No es una fuerza armada; es una figura de mediación, cuidado y memoria.

En el Acuerdo Final de Paz (2016) y en el Decreto 660 de 2018 se reconoce el papel de estas figuras comunitarias en la prevención y protección de líderes y lideresas sociales.

¿Cómo se construye una ruta de autoprotección?

Metodología de los talleres de autoprotección aplicada en las ZRC.

  1. 1

    Diagnóstico participativo

    La comunidad identifica actores, dinámicas, factores de riesgo y capacidades propias. Es la primera lectura compartida del territorio.

  2. 2

    Mapa de riesgo diferenciado

    Se construye un mapa que reconoce los riesgos distintos para mujeres, hombres, jóvenes, personas mayores, defensoras y defensores.

  3. 3

    Protocolos propios

    La comunidad acuerda cómo actuar frente a cada escenario: alertas, puntos de encuentro, voceros autorizados y manejo de información.

  4. 4

    Red de apoyo y articulación

    Se activan vínculos con otras organizaciones, iglesias, academia, cooperación internacional y autoridades (Defensoría, UNP, Fiscalía, personerías).

  5. 5

    Documentación y seguimiento

    Registro ordenado de hechos y amenazas; sin documentación no hay investigación ni reparación.

  6. 6

    Formación continua

    Pedagogía permanente en derechos humanos, DIH y mecanismos de protección — en lenguaje campesino, con enfoque de género y generacional.

Rutas de protección

La protección puede ser individual, colectiva, familiar o territorial. Elige la ruta según cada caso.

Para líderes, lideresas, defensoras y defensores de derechos humanos en riesgo extraordinario o extremo.

Ruta estatal: solicitud ante la Unidad Nacional de Protección (UNP) → estudio de nivel de riesgo (CERREM) → medidas (esquema, chaleco, celular, apoyo de transporte, reubicación).

Normas clave: Decreto 1066 de 2015 · Decreto 660 de 2018 · Resolución 1085 de 2015 UNP.

Para comunidades, organizaciones campesinas y colectivos en riesgo. Reconoce que la amenaza no es solo individual.

Ruta estatal: solicitud colectiva ante la UNP (Programa Integral de Garantías para Lideresas y Defensoras, Decreto 660 de 2018) → medidas colectivas (fortalecimiento organizativo, infraestructura, comunicaciones, pedagogía).

Protección del núcleo familiar del líder o lideresa, especialmente cuando las amenazas se extienden a hijas, hijos, pareja o personas mayores.

Se puede solicitar como extensión del esquema individual o mediante medidas específicas de la UNP, ICBF y entidades territoriales.

Son las prácticas propias del movimiento campesino: Guardia Campesina, asambleas de protección, declaratorias de territorios como Territorios Campesinos Agroalimentarios, pactos locales de no violencia y defensa pacífica del territorio.

Se articulan con rutas estatales pero no las sustituyen: coexisten.

Individual

Para líderes, lideresas, defensoras y defensores de derechos humanos en riesgo extraordinario o extremo.

Ruta estatal: solicitud ante la Unidad Nacional de Protección (UNP) → estudio de nivel de riesgo (CERREM) → medidas (esquema, chaleco, celular, apoyo de transporte, reubicación).

Normas clave: Decreto 1066 de 2015 · Decreto 660 de 2018 · Resolución 1085 de 2015 UNP.

Colectiva

Para comunidades, organizaciones campesinas y colectivos en riesgo. Reconoce que la amenaza no es solo individual.

Ruta estatal: solicitud colectiva ante la UNP (Programa Integral de Garantías para Lideresas y Defensoras, Decreto 660 de 2018) → medidas colectivas (fortalecimiento organizativo, infraestructura, comunicaciones, pedagogía).

Familiar

Protección del núcleo familiar del líder o lideresa, especialmente cuando las amenazas se extienden a hijas, hijos, pareja o personas mayores.

Se puede solicitar como extensión del esquema individual o mediante medidas específicas de la UNP, ICBF y entidades territoriales.

Territorial / Comunitaria

Son las prácticas propias del movimiento campesino: Guardia Campesina, asambleas de protección, declaratorias de territorios como Territorios Campesinos Agroalimentarios, pactos locales de no violencia y defensa pacífica del territorio.

Se articulan con rutas estatales pero no las sustituyen: coexisten.

Marco normativo de protección en Colombia

Instrumentos legales que respaldan la autoprotección comunitaria y las rutas estatales.

  1. 2011

    Ley 1448 — Víctimas y Restitución

    Marco general de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado.

  2. 2011

    Decreto 4800

    Reglamenta la Ley 1448 e introduce medidas de prevención, protección y garantías de no repetición.

  3. 2015

    Decreto 1066 — Único Reglamentario

    Compila el programa de prevención y protección a cargo de la Unidad Nacional de Protección (UNP).

  4. 2016

    Acuerdo Final de Paz

    Punto 2 (participación política) y Punto 3.4 reconocen garantías de seguridad para líderes y comunidades.

  5. 2017

    Decreto 2252 — Deber de prevención

    Alcaldes y gobernadores asumen el deber de prevenir violaciones a los derechos de líderes y defensores.

  6. 2018

    Decreto 660 — PIGLD

    Programa Integral de Garantías para Lideresas, Líderes y Defensoras(es) de DD.HH. Introduce la protección colectiva.

  7. 2022

    Política pública de desmantelamiento

    CONPES 4063 y la Comisión Nacional de Garantías: desmantelar organizaciones criminales que atentan contra líderes sociales.

La protección no es solo una medida: es un derecho construido con las comunidades.
— ANZORC

Preguntas frecuentes

Dudas comunes sobre autoprotección y rutas de protección.

¿Qué hacer si recibo una amenaza?
Documenta la amenaza por escrito con fecha, hora y detalles. Denuncia ante la Fiscalía (línea 122) y la Defensoría del Pueblo. Comunica a tu organización y, si procede, solicita medidas de protección ante la Unidad Nacional de Protección (UNP). No enfrentes la situación en solitario.
¿La Guardia Campesina es legal?
Sí. Es una figura comunitaria de protección pacífica, no armada. El Acuerdo de Paz (2016) y el Decreto 660 de 2018 reconocen a las guardias como actores legítimos de protección colectiva.
¿Qué es un mapa de riesgo diferenciado?
Es un instrumento que identifica cómo los riesgos impactan distinto a mujeres, hombres, jóvenes, personas mayores, LGBTIQ+ y personas con discapacidad. Permite construir medidas de protección adecuadas a cada caso.
¿Puedo solicitar protección como organización, no solo como persona?
Sí. El Decreto 660 de 2018 crea el Programa Integral de Garantías para Lideresas y Defensoras, que incluye la protección colectiva: medidas para organizaciones y comunidades, no solo para individuos.
¿Qué apoyo brinda ANZORC?
Formación en autoprotección, construcción de mapas de riesgo, acompañamiento a organizaciones en la solicitud de medidas ante la UNP, articulación con cooperación internacional y producción de materiales pedagógicos.

Documentos y protocolos

Materiales de los talleres de autoprotección y guías de referencia.

Mapas de riesgo diferenciados — Taller Dabeiba

Documento PDF

Rutas de protección individual y colectiva

Documento PDF

Decreto 2252 de 2017 — Deber de prevención

Archivo

Cartilla de autoprotección (próximamente)

Documento PDF

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ANZORC articula con organizaciones de base, cooperación internacional y autoridades para dar respuesta oportuna.

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